ENMIENDA A LA TOTALIDAD CON CARÁCTER DEVOLUTIVO
Esta mañana hemos presentado en el Ayuntamiento dos enmiendas devolutivas referidas al Proyecto de Acuerdo que propone la modificación de diversas Ordenanzas Fiscales Reguladoras de Impuestos y Tasas de este Municipio de Barakaldo, para el ejercicio 2011 y al Proyecto de Acuerdo que propone la modificación de diversas Ordenanzas Fiscales Reguladoras de Precios Públicos, para el ejercicio 2011.
JUSTIFICACIÓN.
Nos encontramos en una situación especial en el debate Presupuestario que se inicia con el trámite de aprobación de las modificaciones de las Ordenanzas Fiscales.
Las decisiones que se tomen en este apartado de los ingresos del Presupuesto Municipal afectan, al menos, al 40% de la masa de gasto, por lo que su incidencia no se puede calificar de menor.
La situación presupuestaria puesta de relieve en el estado de ejecución del presupuesto municipal de 2009 nos obliga a plantear y desarrollar un Plan de Saneamiento Económico Financiero a medio plazo (3 años) y es condición necesaria para optar a recursos de los que ahora no disponemos.
El horizonte temporal del Plan de Saneamiento Económico Financiero debe marcar pautas y compromisos de actuación que se tienen que ver reflejados, primero en el apartado de ingresos presupuestarios y, luego en el apartado de gastos presupuestarios.
Es por ello, que proponemos postergar el debate de ordenanzas fiscales hasta que el Plan de Saneamiento Económico Financiero sea debatido y aprobado, conteniendo, como mínimo mención expresa al nivel de cobertura que queremos alcanzar tanto en tasas como en precios públicos en los tres ejercicios fiscales que tiene como horizonte.
Para nosotros es esencial este dato y contiene variables que afectan a los ingresos (Cuota, nº contribuyentes, subvenciones) y a los gastos (coste total), sobre las que las ordenanzas fiscales deben actuar para cumplir el objetivo de cobertura que se especifique en el Plan.
Con ocasión de la aprobación de la cuenta anual de 2008 hemos podido comprobar que el nivel de cobertura presenta una variabilidad que muestra, en nuestra opinión, que no hay una estrategia concreta de cobertura de costes, incumpliendo, por tanto, el mandato de cubrir los valores de mercado y/o costes del servicio prestado contenidos en los artículos 25 y 41 de la NF 9/2005 de Haciendas Locales.
Un simple vistazo a los niveles de cobertura pone de relieve que ni siquiera entre servicios de naturaleza común o de la misma área funcional mantienen una mínima homogeneización. Por ejemplo:
- Servicio de Ayuda a Domicilio: 4,2%
- Centro de Día: 31,7%
- Ayudas Emergencia Social: 42,6%
Aquí se ve que un usuario del Centro de Día soporta un 31,7% del coste del servicio y uno del Servicio de Ayuda a Domicilio cubre el 4,2%. El resto del coste es asumido por el Ayuntamiento (por los ciudadanos, a través de los otros tributos) sin que pueda percibirse una decisión clara sobre cuál es el nivel de asunción de coste que queremos mantener.
- Euskaltegi: 52,7%
- Conservatorio: 6,3%
- Escuelas Infantiles: 31,3%
- IMD: 16,7%
- Recogida de residuos (Basuras): 58,9%
- Alcantarillado: 99,2%
- Abastecimiento de aguas: 84,2%










